Glosario de seguros
Responsabilidad civil
También: RC, seguro de responsabilidad civil.
La responsabilidad civil es la obligación legal de reparar el daño que causas a otra persona o a sus bienes, por acción u omisión, con culpa o negligencia (artículo 1902 del Código Civil). El seguro de responsabilidad civil, regulado en los artículos 73 y siguientes de la Ley de Contrato de Seguro, traslada esa obligación a la aseguradora: ella paga la indemnización al perjudicado hasta el capital contratado y, normalmente, asume tu defensa jurídica. El perjudicado puede reclamar directamente a tu aseguradora.
Hay responsabilidades civiles obligatorias por ley, como la del seguro de vehículos a motor o la de ciertas profesiones y actividades, y otras voluntarias que se incluyen en el seguro de hogar (daños que causa tu familia o tu vivienda a terceros), en el de perros (daños que causa el animal) o en el de comunidades. En las pólizas se distingue entre responsabilidad civil de explotación (la actividad de una empresa), profesional (errores en el trabajo), patronal (accidentes de empleados) y de productos.
Ejemplo
Se rompe la lavadora de tu piso y el agua cae al vecino de abajo, estropeando su techo y su sofá por 2.500 euros. El vecino te lo reclama. Como tu seguro de hogar incluye responsabilidad civil con un capital de 150.000 euros, la aseguradora paga los 2.500 euros al vecino y tú no desembolsas nada. Sin seguro, tendrías que pagarlo de tu bolsillo.
Dónde aparece este concepto
Fuentes
- Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, artículos 73 a 76 (texto consolidado, BOE) (consultada el 2026-10-27)
- Código Civil, artículo 1902 (texto consolidado, BOE) (consultada el 2026-10-27)
